Normativas para el Uso de Carretillas Elevadoras en Vías Públicas en España
En España, el uso de carretillas elevadoras en vías públicas está regulado estrictamente para garantizar la seguridad y el cumplimiento de la normativa. Estas regulaciones abarcan aspectos como la matriculación, el seguro, las inspecciones técnicas (ITV) y los requisitos para los operadores. En este blog encontrarás toda la información necesaria sobre las normas y obligaciones relacionadas con la ITV.
Matriculación de Carretillas Elevadoras
Las carretillas elevadoras que circulan por vías públicas deben estar matriculadas en los organismos de tráfico correspondientes. Este proceso asigna al vehículo una matrícula y confirma su cumplimiento con los estándares legales.
¿Quién es el responsable de realizar la matriculación?
Todos los propietarios de carretillas que circulen por vías públicas, aunque sea de forma ocasional.
Documentación necesaria
- Certificado de Conformidad (COC) o Certificado de Homologación.
- Seguro obligatorio en vigor.
- Certificado de la ITV (si aplica)
Cuándo no es necesario
Las carretillas que se utilicen exclusivamente en terrenos privados no necesitan matriculación.
Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
Seguramente tengas dudas sobre si es necesario o no pasar la ITV de tu carretilla elevadora. Pues bien, la obligatoriedad de
pasar la ITV depende de la velocidad y del uso de la carretilla elevadora.
Uso exclusivo en terrenos privados
En los
casos en los que la carretilla se mueva unica y exclusivamente en terrenos
privados, no será necesario que pase la ITV. Sin embargo, es necesario dejar
claro que aunque no deben cumplir con esa inspección, si deben cumplir con las
normativas de seguridad laboral y deben someterse a un mantenimiento adecuado.
Uso en vías públicas
Velocidad <25 km/h: Las carretillas con una velocidad máxima inferior a 25 km/h generalmente no necesitan pasar la ITV. Sin embargo, deben cumplir con estándares básicos de seguridad y contar con un seguro.
Velocidad ≥25 km/h: Las carretillas con una velocidad máxima igual o superior a 25 km/h están obligadas a pasar la ITV. Se consideran vehículos a motor y están sujetas a inspecciones periódicas.
Frecuencia de inspección
Vehículos nuevos: Cada 2-4 años, dependiendo del tipo.
Vehículos más antiguos: Anualmente.